viernes, 30 de mayo de 2014
ETIQUETADO DE SUSTANCIAS QUE PUEDEN PRODUCIR REACCIONES ALERGICAS PARA LOS CONSUMIDORES
Es importante que la información sobre la presencia de alimentos, de los que se ha demostrado que producen una reacción alérgica adversa o intolerancia, esté disponible para los consumidores sensibles.
Por ello las empresas que fabriquen alimentos, deben incluir esta información en tales productos a fin de que los consumidores puedan seleccionar sin riesgos para su salud.
De esta forma pueden realizar la elección con la información adecuada sobre la seguridad para el consumo del alimento en cuestión.
La lista de alimentos alergénicos y de los alimentos que causan intolerancias que requieren su declaración obligatoria en la UE regulada por normativa, en concreto en el Anexo II del Reglamento (UE) nº 1169/2011.
El etiquetado de estos ingredientes, de los coadyuvantes, de las sustancias o productos que causen alergias o intolerancias es OBLIGATORIO cuando se utilizan en la fabricación o preparación de un alimento y siguen estando presentes en el producto terminado, aunque sea en forma modificada.
Se incluyen las siguientes sustancias:
- Cereales que contengan gluten, a saber: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados,
- Crustáceos y productos a base de crustáceos.
- Huevos y productos a base de huevo.
- Pescado y productos a base de pescado (a excepción de gelatinas de pescado)
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
- Soja y productos a base de soja, salvo:
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa),
- Frutos de cáscara, como almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, pistachos, nueces de Australia y altramuces.
- Apio, mostaza, y granos de sésamo. y productos derivados.
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