domingo, 20 de marzo de 2011

EMPRESAS Y SEGURIDAD ALIMENTARIA II


El funcionamiento de las empresas es complejo; hay que ajustar – como si de un puzzle se tratase- numerosos aspectos para que éstas funcionen correctamente.

Uno de tales puntos es el conocimiento y cumplimiento de los requisitos legales que se precisan. En este caso nos referiremos a las obligaciones en materia de seguridad alimentaria y sanitaria.

La ley contempla que los productos destinados a consumo humano han de ser seguros, y de tal misión hacen responsables a las industrias alimentarias, además “ Del campo a la Mesa” es decir, en toda la vida del producto.

Los responsables de las empresas se preguntan como, a nivel práctico se ha de cumplir tales exigencias.

La respuesta es mediante los sistemas de autocontrol, término no excesivamente conocido para el gran público.
Estos sistemas se basan en una documentación (agrupada bajo el nombre de Planes de Higiene o Requisitos previos de autocontrol) en la cual se explica, de que forma cada empresa alimentaria gestionará su seguridad alimentaria y la de sus productos.
Tal documentación debe estar rellenada y disponible a petición de la autoridad sanitaria.

En ella se incluyen descripciones tales como es el agua de uso en la industria, las instalaciones, equipos, formación de sus manipuladores entre otros muchos aspectos.
Puede ser complejo en ocasiones, y puede ser necesario asesoramiento o consultoría en ello.
Tal es nuestra actividad, realizar y diseñar todos los trámites sanitarios precisos, tanto en actividades de nueva apertura como en las ya instaladas. Además diseñado específicamente a cada actividad.

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